Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Poder Judicial de Veracruz tendrá “puentazo” por el Día del Trabajo

- Judicatura autorizó asueto jueves y viernes de la próxima semana en los 21 distritos judiciales

- Sólo habrá guardias con personal mínimo para atender asuntos urgentes e inaplazables

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 25/04/2025

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
Con motivo de la conmemoración del Día del Trabajo, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Veracruz autorizó 2 días de asueto para el personal de los 21 distritos judiciales.

Así, el jueves y viernes de la próxima semana no habrá labores en los juzgados de la entidad ni en el Tribunal Superior de Justicia. Sólo quedarán guardias con el personal mínimo indispensable para atender los asuntos urgentes e inaplazables. Los días de asueto autorizados se empatan con el fin de semana (sábado y domingo).

En los juzgados de Proceso y Procedimiento Penal Oral sólo se dará atención a providencias precautorias, puesta a disposición del imputado ante el Órgano Jurisdiccional; se podrá resolver la legalidad de las detenciones, la formulación de la imputación, resolver sobre la procedencia de las medidas cautelares en su caso, decidir sobre la procedencia de su vinculación a proceso, así como aquellas orientadas a cumplir con las ejecutorias y proveídos emanados de las autoridades federales en materia de amparo.



En los casos en materia penal para adolescentes, se practicarán las diligencias urgentes, para lo que se designará el personal de guardia indispensable para el correcto despacho de los asuntos.

En materia civil, mercantil y laboral, en caso de haberse acordado celebrar audiencias en las fechas señaladas, se llevarán a cabo las mismas, para lo cual deberá establecerse la guardia de servicio asignada para el despacho de los asuntos.

El Consejo de la Judicatura también determinó que en materia civil, mercantil y laboral, en caso de haberse acordado celebrar audiencias en las fechas señaladas, se llevarán a cabo las mismas, para lo cual deberá establecerse la guardia de servicio asignada para el despacho de los asuntos.



Y en la materia familiar, en los juzgados deberán establecerse guardias de servicio asignadas por el titular, con el menor número de personal posible, informando con toda oportunidad, en relación al personal de guardia asignado que cubrirá la misma, para efectos de control.