Luego de la discusión pública, que se generó por el caso de la actriz Maribel Guardia y la custodia de su nieto, Daniela del Carmen Suárez de los Santos, jurista especializada en derechos humanos explicó que en los juicios de custodia, los jueces tienen la obligación legal de escuchar la opinión de niños y adolescentes, garantizando siempre su protección y evitando su revictimización.
Suárez de los Santos, integrante del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en Boca del Río, dijo que se debe determinar qué es lo mejor para el infante, conscientes de su edad y lo que pedía el aportar al ser escuchado.
“Antes se creía que los menores no sabían qué era lo mejor para ellos o que no se les debía de escuchar. Actualmente eso ya cambió. De hecho hay una obligación de los jueces que deben por regla oficial escuchar a los menores, obviamente, sin revictimizarlos, cuidando todas las medidas al respecto. Pero el niño tiene que dar su opinión en ese juicio y yo considero que el Juez que resuelva pues serán diligencias que ordenará en su momento”, expresó.
La especialista subrayó que la visión tradicional que ignoraba la voluntad de las infancias ha sido superada. Hoy, tanto la Ley como los tratados internacionales reconocen su derecho a participar activamente en los procesos que les afectan.
“Ya no estamos en una época en la que se creía que niñas y niños no sabían lo que querían o que era mejor excluirlos. Ahora la justicia debe reconocer su capacidad de expresar deseos, emociones y necesidades, siempre de acuerdo con su edad y madurez”, indicó.
Consultada sobre el caso que involucra a la actriz, Suárez de los Santos fue clara: Es difícil emitir una opinión sin conocer a fondo el expediente pero señaló que, dadas las circunstancias particulares, es fundamental que el niño continúe teniendo contacto y vínculos con su familia paterna, especialmente después del reciente fallecimiento de su padre.
“La convivencia con su familia paterna puede ser crucial para su bienestar emocional. Pero lo más importante es que todo se resuelva conforme al interés superior del niño, y estoy segura de que eso es lo que valorará el juez o la jueza al momento de dictar sentencia”, subrayó.
La Magistrada recordó que aunque la custodia suele recaer en madres o padres existen situaciones excepcionales en las que la autoridad judicial puede otorgarla a otros familiares, cuando así lo requiera la protección integral de la niña o el niño.
Asimismo, insistió en que el papel de las personas adultas involucradas debe ser proteger los derechos y la estabilidad emocional de las infancias, no arrastrarlas a disputas que no les corresponden.