6 de junio de 2014
alcalorpolitico.com
Y la teórica lista se agranda.
1.- Es muy sencillo y hasta fácil especular sobre lo que en el tiempo se decidirá. La sucesión gubernamental en el estado, está muy lejana; tanto que lo que hoy se escriba sobre ella no será ni siquiera recuerdo cuando lleguen los primeros días de las primeras semanas del año de gracia del 2016.
Que no se quiera entender da pábulo y espacio a que surjan en columnas y comentarios de pasillo, caballos negros; blancos y hasta broncos, en anticipada carrera al verdadero derby que se ajustará por derecho propio, a las rigurosas fechas de su acontecer. Ni antes ni después. Así está escrito.
Veamos algunas justificaciones.
Señala el Artículo 18 de la Constitución política del estado: "Los diputados y los ediles serán elegidos por sufragio universal, libre, secreto y directo, de acuerdo a los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, con las modalidades que establezca la ley.
El Gobernador del Estado será elegido por el principio de mayoría relativa, mediante sufragio universal, libre, secreto y directo.
(ADICIONADO, TERCER PÁRRAFO; G.O. 14 DE NOVIEMBRE DE 2008)
En los casos a que se refieren los párrafos anteriores, la jornada electoral tendrá lugar el primer domingo de julio del año que corresponda.
(REFORMADO, G.O. 14 DE NOVIEMBRE DE 2008)
Del mismo modo, la lectura del Artículo 19 nos lleva. Irremediablemente, a su total modificación para armonizarlo con la reforma política electoral; dice por ahora, así: “Los partidos políticos son entidades de interés público que tienen como finalidad promover la participación de los ciudadanos en la vida democrática y contribuir a la integración de la representación estatal y municipal, con el derecho exclusivo para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular. La ley reconocerá y regulará otras formas de organización política.
Los partidos políticos sólo podrán constituirse por ciudadanos, sin intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa.
Las autoridades electorales solamente podrán intervenir en los asuntos internos de los partidos en los términos que expresamente señale la ley.
Los partidos políticos recibirán, en forma equitativa, financiamiento público ordinario, extraordinario o, en su caso, especial, en los términos que señala la ley, para su sostenimiento y el desarrollo de las actividades tendientes a la obtención del sufragio. También tendrán derecho de acceder a los tiempos en radio y televisión, conforme a lo previsto en el artículo 41, Base III, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta el día de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales cesarán toda campaña publicitaria relativa a obras y programas públicos. A las autoridades electorales corresponderá la vigilancia de lo dispuesto en este párrafo.
Se exceptúan de lo anterior las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud y las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
El financiamiento a los partidos políticos se sujetará a las siguientes bases: ……………………………….
La ley establecerá los criterios para fijar límites a los gastos de precampaña y campaña …….y Las reglas para las precampañas y las campañas electorales se señalarán en la ley.
La duración máxima de las campañas será: para gobernador, de noventa días, para diputados y ediles, de sesenta días;…..
Pero el hueso duro de roer se ubica, para nuestra entidad, en lo que establece el Artículo 44 que dice así: El Gobernador del Estado durará en su cargo seis años y comenzará a ejercer sus funciones el primero de diciembre siguiente a la fecha de su elección.
Este primer párrafo da la pauta. Sí se mantiene la redacción, entonces el gobernador que sea elegido en el 2016, sería relevado en el 2022 y no se armonizaría con la elección federal para renovar el Ejecutivo Federal que, como se sabe, lo será en los años 2018 2024, y no cuadraría con la elección del ejecutivo veracruzano, programadas al día de hoy, para el 2016 y 2022.
Y si se opta <<en la reforma política estatal que se demanda hacerla a la brevedad>> por una gubernatura de DOS AÑOS, entonces sólo participaría en ella el priista que tenga aspiraciones y tiempo muy limitado de vida política, y que entonces sí, daría el cuadrante para hacerla de seis años, hasta el 2018, fecha en que también se daría el relevo del Ejecutivo federal.
2.- Por ello, antes que aspirantes definidos y decididos, hay que establecer las bases, tiempos y condiciones en el entorno electoral. No hacerlo desde ahora y montarse “en los que sí quieren” de alguna forma la candidatura, es alentar el calentamiento de las planchas políticas.
El Presidente Enrique Peña Nieto aún no cumple dos años de su mandato. La legislación sobre asuntos energéticos y de telecomunicaciones, sigue siendo moneda de cambio para apetitos insaciables de opositores del presidente, que se montan en su aspiración de que la legislación que se apruebe, lo sea con el mayor consenso político, y no por simple mayoría, como pudiera hacerlo de inmediato.
Pero, además, la evaluación de las ánforas se dará en el 2015, que como suena lógico, está antes de cualquier decisión que se tome en el 2016.
Sólo es cuestión de decirlo, no de juzgarlo <<en las palabras de Catón>>.
Pero en fín, para eso están las columnas y los columnistas.
P.D.- El presidente del Partido Acción Nacional (PAN) sigue montado en la burra del oportunismo, al afirmar “que armonizar con la reforma electoral las leyes de los 17 estados que celebrarán comicios en 2015, no es un capricho, sino una necesidad” Sabio y muy novedoso el filósofo de las barbas, pero que no apura “a sus gobernadores” como en Sonora, Baja California y <<los adoptados>> como en Puebla, y Oaxaca, pero sí le preocupan donde su partido no gobierna, como Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Colima, Michoacán, Chiapas, Jalisco, Estado de México y Yucatán, por citar algunos.
P.D.- La sin justicia en el quinto aniversario de los niños de Hermosillo, una muestra de falta de voluntad y vergüenza del estado nacional.