Un Tribunal Colegiado declaró sin materia y desechó dos amparos solicitados por la proveedora de servicios ambientales Veolia Residuos Bajío S.A. de C.V. contra la cancelación del contrato de operación del relleno sanitario de Xalapa.
Con fecha 4 de agosto de 2022, el Magistrado Roberto Castillo Garrido, del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, resolvió sobreseer el amparo 242/2021 y desechar el 331/2021 promovidos por Veolia.
Y es que por medio de ambos recursos la empresa pidió dejar sin efectos la sentencia 248/2018/4a-V de la Cuarta Sala del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJAV), por la cual, se estableció un convenio de pago celebrado con el ayuntamiento de Xalapa.
La determinación del Magistrado fue declarar esta queja como cosa juzgada, dado que al haber un acuerdo firmado se da pie al sobreseimiento, y en igual término decidió sentenciar el amparo 331/21 por parte de Veolia.
Con lo anterior, el Segundo Colegiado en Materia Administrativo dio por concluida el pleito de la empresa de servicios ambientales contra el ayuntamiento xalapeño.
Dicho conflicto se remonta al 26 de marzo de 2019, cuando en ese entonces Veolia Medioambiente, anteriormente ProActiva, cerró el paso a los camiones recolectores de basura del Ayuntamiento de Xalapa.
Esto, luego que la empresa argumentó un adeudo de 31 millones de pesos correspondiente al incumplimiento de 15 mensualidades.
La proveedora emprendió un recurso ante el TEJAV, numerado con el 248/2018/4a-V, y este derivó a un amparo ante el Juzgado Decimoquinto de Distrito y posteriormente, al Segundo Colegiado que determinó el sobreseimiento.