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Sección: Estado de Veracruz

En Veracruz

Sólo mexicanos podrán tramitar actas de nacimiento por cambio de género

- Que la persona sea mexicana por nacimiento garantiza que modificación se haga en el acta primigenia

- Dicho procedimiento no es susceptible de hacerse en cartas de naturalización

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 08/04/2025

alcalorpolitico.com


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A partir de este martes, la expedición de nuevas actas de nacimiento por motivo del reconocimiento de identidad de género autopercibida, queda limitada exclusivamente para personas de nacionalidad mexicana por nacimiento.

Al entrar en vigor el Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil para el Estado de Veracruz, queda reconocido el derecho a la identidad de género autopercibida.

La identidad de género autopercibida es la vivencia interna de cada persona sobre su género, la cual puede o no coincidir con el sexo asignado al nacer. Es un derecho humano que se debe garantizar sin discriminación.



Por ello, deben quedar desvanecidos los prejuicios existentes, los efectos negativos en la vida y la dignidad humana –particularmente en entornos donde la violencia por prejuicios de género es predominante–, la naturalización del abuso y la reproducción de intolerancia, que han sido utilizadas para justificar e institucionalizar las vejaciones y malos tratos provocando la exclusión dentro del sistema normativo.

Explica que el que la persona sea mexicana por nacimiento garantiza que el procedimiento de cambio de identidad de género autopercibida se aplique sobre el acta de nacimiento que se registró bajo la jurisdicción y normatividad mexicana la cual, al ser a través de un acta primigenia, quedará reservada para la emisión de una nueva acta.Dicho procedimiento no es susceptible de realización sobre cartas de naturalización.



Al limitar el procedimiento de reconocimiento de identidad de género autopercibida a personas cuya identidad se originó y se consolidó dentro del sistema mexicano, se reduce el riesgo de incompatibilidades o disputas con otros sistemas legales que pudieran reconocer de manera distinta la documentación de quienes han adquirido la nacionalidad por naturalización o que poseen doble nacionalidad.

Quedó establecido en el Código Civil de Veracruz que para solicitar acta de nacimiento por cambio de identidad de género autopercibida se debe contar con la nacionalidad mexicana por nacimiento.

Presentar, por sí o a través de su representante legal, ante la Dirección General del Registro Civil del Estado, o ante cualquiera de sus Oficialías en el Estado, una solicitud en la que se especifique el nombre completo y los datos registrales del acta primigenia, así como el nombre solicitado sin apellidos, y el género autopercibido.

Y presentar una copia certificada del acta primigenia, para efecto de realizar la cancelación correspondiente.