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Sección: Estado de Veracruz

No habrá representantes de partidos en mesas de Consulta Popular

Tribunal Electoral federal le aclaró a MORENA que los institutos no tendrá el derecho en este caso

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 21/07/2021

alcalorpolitico.com

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), reiteraron que en la Consulta Popular del 1 de Agosto, los partidos políticos no tendrán representantes ante las mesas receptoras de las opiniones.

Lo anterior al confirmar el oficio emitido por el director Ejecutivo de Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE), Sergio Bernal Rojas, en el que respondió a MORENA que las organizaciones partidistas con registro nacional no tendrán este derecho, como ocurre normalmente en las elecciones ordinarias y extraordinarias.

El ente comicial determinó que en todo el país habrá 57 mil puntos de votación para que los ciudadanos acudan a opinar si están de acuerdo o no con emprender acciones tendentes al exclarecimiento de las decisiones tomadas por los actores políticos en el pasado.



A diez días de que se lleve a cabo el ejercicio democrático, los integrantes del pleno jurisdiccional concluyeron que, contrario a lo que señalaba MORENA, las direcciones ejecutivas del INE sí tienen facultades para dar respuesta a las consultas que les formulen los partidos políticos.

"Máxime si en dicha respuesta solamente se le señalan al partido las disposiciones aplicables respecto a su solicitud", indicaron en el fallo que fue aprobado por unanimidad de votos la tarde de este miércoles.

Aunado a ello, desestimaron la inconstitucionalidad que, se argumentaba, había en la adenda a los lineamientos establecidos para la consulta del próximo 1 de agosto, porque no fue controvertido cuando se aprobó por el Consejo General del INE.



"No se impugnó en su momento, sin que pueda tenerse como primer acto la aplicación del oficio del director Ejecutivo, ya que no le deparó ningún perjuicio en su esfera jurídica, ni afectó sus derechos, pues como se mencionó, el director únicamente le señaló al partido la norma aplicable sin que se pronunciara en el sentido de impedirle tener representación en las mesas receptoras", precisaron los magistrados superiores.