Cada vez son más las niñas, niños y adolescentes en Veracruz que denuncian a quienes difunden, sin su permiso, imágenes o videos suyos con contenido sexual, acción conocida como “pasar el pack” o “pornovenganza”.
El delito fue tipificado a mediados de 2019 y desde entonces 22 mujeres y 4 hombres, todos menores de edad, han denunciado la violación de su intimidad bajo estas circunstancias; en un caso se determinó el no ejercicio de la acción penal.
Este delito afecta tanto a menores como mayores de edad y desde su tipificación la Fiscalía General del Estado únicamente ha judicializado 2 casos, uno en 2020 y otro en 2021, sin detallar la edad de la víctima.
Cabe recordar que, durante la discusión para reformar el Código Penal para incorporar este delito a dicho marco legal, se informó que en 2018 en Veracruz fueron detectados 45 mercados de explotación digital usando redes como
Facebook y
Twitter.
En estos espacios se publicaban contenidos íntimos sin el consentimiento de mujeres, hombres y menores de edad, generando diferentes tipos de violencia digital como la llamada ciberpersecución, la sextorción y la trata virtual de personas.
Delito afecta a menores y mayores de edad
Este tipo de acciones afectan a menores de edad y adultos por igual. De acuerdo con información del Sistema de Investigaciones Ministeriales de la Fiscalía General, la ciudad de Xalapa concentra el mayor número de denuncias.
Durante este 2021 se reportan en total 65 denuncias por el delito de violación a la intimidad sexual en 39 de los 212 municipios del Estado, tanto entre menores como mayores de edad.
Durante el año en curso, sólo en la Capital del Estado 14 personas procedieron legalmente al acusar que su intimidad fue vulnerada con la difusión de imágenes o videos de tipo sexual sin su consentimiento.
Además, en Veracruz Puerto, Orizaba, Córdoba y Coatepec se han presentado 3 denuncias por dicho delito en cada municipio. En San Andrés Tuxtla, Minatitlán, Medellín de Bravo, Las Choapas y Emiliano Zapata se han presentado 2 denuncias en cada municipio, de enero a junio de 2021.
En otros 29 municipios de la entidad se ha presentado una denuncia por este delito durante lo que va de 2021.
En 2020, en total se presentaron 89 denuncias por el delito de violación a la intimidad en 39 de los 212 municipios, afectando tanto a mayores como a menores de edad.
En ese año, Xalapa también fue el municipio con mayor incidencia, con 25 denuncias; en 2 años la Capital veracruzana acumula 39 denuncias por este delito.
El año pasado, en Perote se presentaron 6 denuncias por violación a la intimidad; en Orizaba 5; en Coatzacoalcos y Córdoba 4; en Catemaco y Las Choapas 3; en Tantoyuca, Veracruz Puerto, Poza Rica, Ixtaczoquitlán, Cuitláhuac, Coatzintla y Coatepec fueron 2 denuncias.
Aunque las estadísticas sobre este delito van en aumento, la Fiscalía General del Estado ha judicializado o solicitado a un juez que le permita formular la imputación ante el indiciado únicamente en 2 casos.
Este 2021, la Fiscalía inició un proceso en contra de un presunto responsable por el delito de violación a la intimidad sexual en Xalapa y en 2020 lo hizo en contra de un presunto responsable en el municipio de Minatitlán.
En otros 25 municipios de la entidad se presentó una denuncia por este delito durante 2020.
Protegen sexualidad libre
Cabe señalar que la tipificación de este delito no castiga el intercambio de imágenes con contenido sexual, puesto que es una forma de vivir la sexualidad pero sí castiga la transgresión de la confianza depositada de una persona a otra y que una de ellas difunda o haga pública sin consentimiento las imágenes, videos, audios, con contenido sexual que le fueron enviados.
La reforma al Código Penal estableció que comete el delito de violación a la intimidad sexual quien por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido íntimo o erótico sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.
Dicha conducta se sancionará de cuatro a ocho años de prisión y multa de mil hasta dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), al momento de que se cometa el delito.
Además, se estableció que este delito se perseguirá por querella y en caso de que esta conducta se realice contra una persona en situación de discapacidad que no comprenda el significado del hecho, se perseguirá de oficio.
Igualmente se estableció que las penas aumentarán en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina o por persona con la que esté o haya estado unida la víctima en alguna relación de afectividad, aún sin convivencia; se cometa en contra de una persona que por su situación de discapacidad no comprenda el significado del hecho o que de esa acción se obtenga algún tipo de beneficio no lucrativo.
Finalmente, se estableció que la autoridad investigadora ordenará el retiro inmediato de la publicación que se realizó sin consentimiento de la víctima, al administrador o Titular de la plataforma digital, medio de comunicación o red social que la contenga.