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Sección: Estado de Veracruz

Habrá recuento total de votos por elección de Chiconamel, en norte de Veracruz

- Sala Regional del Tribunal Electoral federal confirmó decisión de TEV tras petición de PRD

- Recuento será este jueves en el OPLE, en Xalapa

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 21/07/2021

alcalorpolitico.com

El pleno de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el recuento total de votos de la elección del Ayuntamiento de Chiconamel, ordenado por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), a solicitud del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

De esta manera quedó firme el procedimiento que se llevará a cabo este jueves a las 11 de la mañana, en las instalaciones del Organismo Público Local Electoral (OPLE), en Xalapa.

En sesión pública virtual, desarrollada la tarde de este miércoles, desestimaron los alegatos del Partido Revolucionario Institucional (PRI), quien acusó al órgano jurisdiccional local de violar los principios de legalidad y certeza al tomar las irregularidades en el cómputo municipal como determinantes para volver a contar los nueve paquetes electorales.



“Se declaran como infundados los agravios planteados por el partido promovente, porque contrario a lo manifestado por éste, el TEV sí fundó y motivó adecuadamente su determinación, pues razonó de manera correcta que las inconsistencias del acta de sesión permanente del Consejo Municipal, así como el acta circunstanciada de la sesión de cómputo municipales no generaron certeza”, concluyeron los magistrados regionales.

En el fallo, concluyeron que el órgano desconcentrado del OPLE en esa demarcación omitió incluir en ellas los hechos más relevantes ocurridos durante el recuento total de votos.

“Al momento de realizar el cómputo, el Consejo Municipal no precisó cuántos votos fueron extraídos de los paquetes, cuántos votos nulos, así como cuántos votos reservados, tampoco se pormenorizó el número de votos o si en su caso hubo votos reservados, no se mencionó la calificación que le fue otorgada a los votos nulos de los paquetes electorales de las nueve casillas, entre otras inconsistencias”, enumeraron los togados.



Además, coincidieron que estas anomalías resultaron relevantes considerando que hubo una diferencia sustancial entre los votos nulos de las actas de escrutinio y cómputo de las casillas con las del cómputo municipal a través del recuento.

“Los hechos descritos no dan claridad, ni certeza a la elección llevada a cabo en el Ayuntamiento de Chiconamel, toda vez que no existió transparencia en el actuar del Consejo Municipal, por tanto se comparte la determinación del TEV de realizar un nuevo recuento de votos”, establecieron en la sentencia.

Por otro lado, los integrantes de la Sala Regional Xalapa avalaron la improcedencia de los recuentos de votos de los comicios municipales de Coatzacoalcos y Alto Lucero; y revocaron la decisión de sus homólogos veracruzanos de desechar, por extemporánea, la demanda presentada en contra de los resultados del cómputo de la elección de Actopan, Veracruz, así como la declaración de validez y el otorgamiento de las constancias de mayoría respectivas.



En ese sentido, sostuvieron que contrario a lo razonado por el TEV, si bien existen constancias que demuestran el inicio de la sesión de cómputo municipal, no hay dato cierto sobre la fecha y hora en la que dicha sesión finalizó, por lo que a su decir, fue incorrecto el cómputo del plazo realizado por el TEV para analizar la oportunidad del recurso de inconformidad correspondiente.

Ante tal incertidumbre, adicionaron, lo conducente es potenciar el acceso a la justicia y tomar como base para el cómputo del plazo para la interposición del medio de impugnación estatal el día 10 de junio pasado, al tratarse de la fecha que mayor beneficio le genera a los promoventes de ese recurso.

De ahí que se determinó que la demanda fue presentada en tiempo y el Tribunal local deberá resolverla en caso de que no se actualice alguna otra causal de improcedencia.