La presidenta de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Veracruz, Dulce María Romero Aquino, anunció la extinción de las Juntas Especiales Locales de Conciliación y Arbitraje 1, 11 y 13, con residencia en Pánuco, Córdoba y San Andrés Tuxtla, respectivamente.
Mientras que las Juntas Especiales que recibirán las cargas de trabajo de las Juntas Especiales que se extinguen, son las Juntas Especiales 2 con residencia en Tuxpan; 10 con residencia en Boca del Río; y 12 con residencia en Ixtaczoquitlán.
Con base al Acuerdo STPSP/P/JLCA/III/04/2024, todos los expedientes laborales activos en las Juntas Especiales extinguidas deben ser inventariados y remitidos en correspondencia bajo cubierta a la respectiva Junta Especial que asume la competencia y jurisdicción territorial, a más tardar el 30 de este mes de diciembre.
El inicio de competencia y jurisdicción territorial de las Juntas Especiales 2, 10 y 12 de los expedientes que les sean remitidos de las Juntas Especiales extinguidas, será a partir del 8 de enero de 2025.
En el Acuerdo se señala que los derechos laborales de las y los trabajadores adscritos a las Juntas Especiales que se extinguen, serán respetados en términos de las disposiciones aplicables.
La decisión se tomó luego de un análisis de las cargas de trabajo actuales que soportan las Juntas Especiales, así como el impacto social y económico de los juicios que en cada una de ellas se atiende, se advierte que cuentan con el menor número de juicios activos, siendo susceptibles de ser extinguidas.
Así, la Junta Especial 2 con residencia en Tuxpan, será competente para conocer y resolver los conflictos de trabajo iniciados en la suprimida Junta Especial 1, cuya jurisdicción territorial se amplía a los municipios de Chalma, Chiconamel, Chinampa de Gorostiza, Chontla, Citlaltépetl, El Higo, Ixcatepec, Naranjos Amatlán, Ozuluama, Pánuco, Platón Sánchez, Pueblo Viejo, Tamalín, Tampico Alto, Tancoco, Tantima, Tantoyuca y Tempoal.
La Junta Especial 10 con residencia en Boca del Río, será competente para conocer y resolver los conflictos de trabajo iniciados en la suprimida Junta Especial 13, cuya jurisdicción territorial se amplía a los municipios de Acayucan, Ángel R. Cabada, Catemaco, Hueyapan de Ocampo, Isla, Juan Rodríguez Clara, Lerdo de Tejada, Saltabarranca, San Andrés Tuxtla, San Juan Evangelista y Santiago Tuxtla.
La Junta Especial 12 con residencia en Ixtaczoquitlán, será competente para conocer y resolver los conflictos de trabajo iniciados en la suprimida Junta Especial 11, cuya jurisdicción territorial se amplía a los municipios de: Alpatláhuac, Amatlán de los Reyes, Atoyac, Calcahualco, Camarón de Tejeda, Carrillo Puerto, Chocamán, Coetzala, Comapa, Córdoba, Coscomatepec, Cuichapa, Cuitláhuac, Fortín, Huatusco, Ixhuatlán del Café, Naranjal, Omealca, Paso del Macho, Sochiapa, Tenampa, Tepatlaxco, Tezonapa, Tlacotepec de Mejía, Tlaltetela, Tomatlán, Totutla, Yanga y Zentla.