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Sección: Estado de Veracruz

Escalan al TEV solicitud para cambiar fecha de elección en 7 municipios, en 2025

- Ciudadano pide al Tribunal revocar acuerdo del OPLE por el que le negó petición

- Explica que petición se basa por la concurrencia de la elección de cargos judiciales el 1° de junio

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 07/11/2024

alcalorpolitico.com


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Eduardo Sergio de la Torre Jaramillo entregó al Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (JDC), en contra del Acuerdo del Organismo Público Electoral de Veracruz (OPLE) que negó su petición de cambiar la fecha de la elección en 7 municipios, debido a la concurrencia del proceso electoral extraordinario para la elección de ministros, magistrados y jueces de distrito.

En el acuerdo impugnado OPLEV/219/2024 también se señala la improcedencia del Consejo General de remitir al Congreso del Estado, tanto la petición realizada por el solicitante, como un pronunciamiento que sustente la viabilidad de su pretensión.

Recordó que solicitó al OPLE remitir al Congreso del Estado su petición de cambiar para el 15 de junio del 2025 la jornada electoral únicamente en los municipios de Xalapa, Villa Aldama, Boca del Río, Coatzacoalcos, Poza Rica, Córdoba y Tuxpan y que no sea el 1° de junio, toda vez que ese mismo día, en esas demarcaciones habrá elecciones extraordinarias para elegir magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación.



Argumentó que la concurrencia entre la elección de personas juzgadoras federales y la elección municipal desalentaría la participación ciudadana y que la abstención sería muy alta; y pidió que su petición se remitiera al nuevo Congreso del Estado, que se instaló el martes de esta semana.

Sin embargo, De la Torre Jaramillo aseveró que el Consejo General del OPLE tiene un severo problema de comprensión lectora, ya que en ningún momento de su solicitud expuso que se emitiera un pronunciamiento sobre el cambio de fecha de la elección municipal en 7 municipios. Expuso que sólo tomó al OPLE como una especie de Oficialía de Partes para que lo remitieran al Congreso Local de Veracruz, ya que está facultado para ello.

“¿Era necesario tergiversar mi petición del cambio de fecha de la elección municipal para hacer una simple y vulgar interpretación literal de la normatividad electoral, tanto constitucional como de las leyes ecundarias?, y así evitar molestar a un congreso local de mayoría oficialista, quienes son los que les otorgan su austero presupuesto.



Dijo sentirse agraviado ante un acuerdo oscuro, inexacto, deficiente, con indebida motivación y violatorio de las propias atribuciones del OPLE establecidas en el Código Electoral de Veracruz.

“Mi petición fue extremadamente clara, que el OPLE remitiera al Congreso de Veracruz mi solicitud, ya que está dentro de sus funciones el realizar una elección extraordinaria, tal y como se pretende realizar una elección concurrente de alcaldes y jueces y magistrados federales y de igual manera en el ámbito local”.

Insistió que siempre se refirió a una situación exante (antes del suceso), no expost (después del suceso) de una simple elección; bajo el carácter “extraordinario” de una elección concurrente de alcaldes y jueces, ya que ni el INE ni ningún OPLE del País han organizado una elección conjunta de esta naturaleza, y jamás se refirió a la interpretación reduccionista de una elección extraordinaria expost.



A los magistrados del TEV pide que se revoque el acuerdo OPLEV/219/2024 y que su solicitud se remita al Congreso de Veracruz para que resuelva lo conducente a la fecha de celebración de la elección municipal de 2025 en 7 ayuntamientos. Además, de que defina si se celebrara una elección extraordinaria en 2025 o una elección ordinaria en 2027.