Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Entra en vigor reforma que adelanta entrada en funciones del titular del Poder Ejecutivo

- A partir de 2030 próximo Gobernador (a) iniciará periodo el 30 de septiembre y ya no el 1° de diciembre

- También las legislaturas se instalarán el 1° de septiembre, no el 4 de noviembre

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 15/10/2024

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
Este martes cobró vigencia legal la reforma a la Constitución Política de Veracruz para que, a partir del año 2030, la próxima gobernadora o gobernador comience a ejercer sus funciones el día 30 de septiembre siguiente a la fecha de su elección y ya no el 1° de diciembre.

Además, el Congreso del Estado se instalará el 1° de septiembre y ya no el 4 de noviembre; y el Informe de Gobierno ya no se entregará al Congreso en 15 de noviembre sino el 10 de septiembre.

Sin embargo, debe entender que la persona que ocupe la gubernatura a partir del 1° de diciembre próximo desempeñará el cargo hasta el 30 de noviembre de 2030; que quien sea elegida como Gobernadora o Gobernador en 2030 asumirá el cargo el 1° día de diciembre de ese año, pero que concluirá su periodo el día 29 de septiembre de 2036, para que quien le suceda inicie su periodo constitucional de 6 años el 30 de septiembre de esa misma anualidad, en un esquema similar al empleado para el caso de la presidencia de la República.



De igual modo se prevé que para el caso del Congreso del Estado, las personas elegidas como diputadas y diputados en los comicios que se celebren en 2027 iniciarán sus funciones el 05 de noviembre de ese mismo año, concluyéndolas el último día de agosto de 2030, de tal modo que la Legislatura posterior se instale el primer día de septiembre de ese año. Lo anterior, sin perjuicio de normas transitorias específicas sobre las fechas de los periodos de sesiones ordinarias de la próximas Legislaturas.

Lo anterior contribuirá a agilizar el relevo gubernamental, eliminando plazos excesivamente prolongados e innecesarios entre la elección y el inicio de funciones y, por otra parte, propiciarán que el trabajo legislativo se realice con mayor amplitud.

Para el caso de la entrega del informe, se realizará el día 10 de septiembre, a fin de que en el último año de ejercicio exista un plazo razonable para las comparecencias de las personas titulares de las dependencias, con motivo de la glosa del informe, y la prevista constitucionalmente para que quien ocupe la gubernatura comparezca ante el Congreso.