El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
No se puede ocultar que el presente comentario se inspira en el pensamiento de Elpidio Ramírez (“Juicio Penal y Derechos Humanos”, Antología de clásicos mexicanos de los Derechos Humanos, 1993), quien, refiriéndose al régimen anterior al Sistema Penal actual, asevera que, en México, la mayoría de los acusados pobres es defendida por los defensores de oficio (hoy se debe decir, los defensores públicos).
Por lo tanto, Elpidio Ramírez nos dice: conociendo la defensa que éstos llevan a cabo conoceremos mucho más acerca del juicio penal que se sigue a los acusados pobres y, por lo mismo, tendremos mayor información sobre el auténtico juicio penal mexicano.
Tampoco se puede pasar por alto la advertencia sobre los juicios a los poderosos. El juicio penal —obviamente distinto— que se sigue a los acusados pertenecientes a la clase detentadora del poder político o económico, es engañoso para el conocimiento del juicio penal dominante en la actualidad.
En aquellos años, la conclusión de Elpidio Ramírez, autor veracruzano, fue que el dominio de todo el juicio penal está en manos del Ministerio Público. Los fiscales suelen ser el amo de los juicios penales y, con no poca frecuencia, señores de horca y cuchillo. Lo cual provoca que en la prisión “Ni son todos los que están, ni están todos los que son”.
Una noticia periodística llamó la atención. La cabeza de noticia fue la siguiente: “Sistema de Justicia Penal beneficia más a delincuentes que a víctimas: dirigente indígena.” ¿Cuanta verdad hay en estas palabras? (El reporte periodístico aparece publicado en el Portal
alcalorpolítico.com (04/06/2018).
Poco después, también se leyó otra noticia en la misma fuente “Nuevo Sistema Penal favorece tanto a víctimas como a acusados, señala especialista.” La cual parece contradecir a la primera. La distinción entre una nota y la otra es fácil de hacer, pero muy difícil de aceptar en su contexto situacional, por lo que estamos ante una madeja muy enredada y tenemos que avanzar paso a paso, poco a poco.
Por fortuna, Francesco Carnelutti (1879-1965) en su libro
Las miserias del Proceso Penal muestra la punta de la hebra: “Cada uno de nosotros tiene sus preferencias, aun en materia de compasión…Los que conciben al pobre con la figura del hambriento, otros con la del vagabundo, otros con la del enfermo; para mí, el más pobre de todos los pobres es el preso, el encarcelado…Digo el encarcelado, obsérvese bien, no el delincuente.”
En México, los más pobres entre los pobres son los indígenas y a ellos son los que se encarcela con más facilidad y frecuencia. Se podría decir que ellos son los presos y, en el acto, adquiere validez local la afirmación de Carnelutti: “el más pobre de todos los pobres es el preso, el encarcelado… Digo el encarcelado, obsérvese bien, no el delincuente”.
Aquí vale la paráfrasis respecto de lo que se acostumbraba decir del auto de formal prisión: “Así como a nadie se le niega un vaso de agua, hoy a nadie se le niega la prisión preventiva como medida cautelar”. Entonces uno se percata de que, muy a pesar del principio de presunción de inocencia, alrededor del 50% de las personas imputadas o acusadas por un delito se encuentras sujetas a proceso en
prisión preventiva, por supuesto siempre a petición del fiscal.
Por otra parte, para caer en la cuenta de la verdad del líder indígena, también apelamos a Francesco Carnelutti, en el siguiente texto: “El delincuente mientras no está preso, es otra cosa. Confieso que el delincuente me repugna; en ciertos casos me produce horror. Entre otras cosas, a mí, el delito, el gran delito, me ha ocurrido verlo, al menos una vez, con mis propios ojos; los que reñían parecían dos panteras; he quedado absolutamente horrorizado; y, sin embargo, bastó que yo viese a uno de los dos hombres que había derribado al otro con un golpe mortal, mientras los carabineros que acudieron providencialmente, le ponían las esposas, para que del horror naciese la compasión: la verdad es que, apenas esposado, la fiera se ha convertido en un hombre.”
El delincuente lo es desde el acto de cometer el delito, pero es necesario un proceso judicial para ser calificado como tal. En el mismo instante las víctimas son víctimas, pero, al líder indígena le favorece la razón, ya que desde el mismo acto de la comisión del delito y hasta que se dicta la sentencia condenatoria, el sujeto imputado o acusado por un delito está amparado por el derecho fundamental de presunción de inocencia, por
la simple razón de ser humano.
En cambio, las víctimas —salvo algunos delitos de bagatela, en los que se les autoriza a presentar ellas mismas la denuncia al juez— para el ejercicio de la acción penal, el desarrollo del proceso y la reparación del daño causado, dependen de un fiscal/acusador y de un asesor jurídico que, en los procesos judiciales nuevos en materia penal, le sirve para la maldita la cosa. Al asesor jurídico solamente le resta adherirse a las acusaciones y peticiones del fiscal.
Lo anterior se deriva de un fenómeno muy visto en la región latinoamericana: la carencia de autonomía de las Fiscalías. Éstas no son agencias jurídicas, sino agencias políticas, lo cual es muy grave, sobre todo, cuando dicha autonomía establecida en las leyes es burlada. Esto es, las fiscalías dependen o están al servicio del ejecutivo, sobre todas las cosas, pero de manera singular para cercar al poder judicial.
Aquel líder indígena, a quien en principio hicimos referencia, muestra una verdad fáctica con apoyo en una verdad jurídica. En cambio, la noticia contradictoria manifiesta una verdad puramente jurídica, lo cual se puede leer en la siguiente cita: “Más que beneficiar sólo a los imputados en una conducta criminal, el Nuevo Sistema de Justicia Penal Adversarial favorece a los Derechos Humanos tanto de víctimas y acusados…”, ciertamente eso dice la ley, pero en los hechos los conflictos de las víctimas siguen expropiados por el Estado y su brazo ejecutor suelen ser las Fiscalías carentes de autonomía real.
La expresión del preso: “
En esta prisión maldita, donde reina la tristeza, no se castiga el delito se castiga la pobreza” (Anónimo).
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