Las campañas de las personas candidatas para los cargos de elección dentro del Poder Judicial de la Federación (Magistradas y Magistrados de Circuito, así como Juezas y Jueces de Distrito) tendrán una duración de 60 días.
La reforma constitucional en materia del Poder Judicial de la Federación establece que las adecuaciones a las leyes determinarán la forma de las campañas, así como las restricciones y sanciones aplicables a las personas candidatas o servidoras públicas cuyas manifestaciones o propuestas excedan o contravengan los parámetros constitucionales y legales.
Para todos los cargos de elección dentro del Poder Judicial de la Federación estará prohibido el financiamiento público o privado de las campañas, así como la contratación, directa o indirecta, de espacios en radio, televisión o cualquier otro medio de comunicación para promocionar candidaturas. Los partidos políticos y las personas servidoras públicas no podrán realizar actos de proselitismo ni posicionarse a favor o en contra de ninguna candidatura.
Las personas candidatas tendrán derecho a acceso igualitario a radio y televisión, conforme a la distribución del tiempo que señale la ley y determine el Instituto Nacional Electoral (INE). También podrán participar en foros de debate organizados por el propio Instituto o en aquellos brindados gratuitamente por el sector público, privado o social, siempre bajo condiciones de equidad.
Las personas electas tomarán protesta de su encargo ante el Senado de la República el 1 de septiembre de 2025. El órgano de administración judicial las adscribirá al órgano judicial correspondiente a más tardar el 15 de septiembre de 2025. Las Magistradas y Magistrados de Circuito, así como las Juezas y Jueces de Distrito, permanecerán en su encargo por un periodo de nueve años, con posibilidad de reelección consecutiva al concluir su mandato.
No podrán ser readscritos fuera del circuito judicial en el que hayan sido electos, salvo causa excepcional determinada por el Tribunal de Disciplina Judicial. Asimismo, podrán ser removidos únicamente en los casos y conforme a los procedimientos establecidos por la ley.
Sin embargo, de manera excepcional, el periodo de las Magistradas y Magistrados de Circuito, así como de las Juezas y Jueces de Distrito que resulten electos en la elección extraordinaria del 1 de junio de 2025, será de ocho años, concluyendo su mandato en 2033. La jornada electoral se celebrará el primer domingo de junio de este año. Podrán participar como observadoras las personas o agrupaciones acreditadas por el INE, exceptuando a representantes o militantes de partidos políticos.