El rector de la Universidad del Conde, Marco Antonio Conde Pérez, solicitó un amparo ante un Juzgado Federal para invalidar una probable orden de búsqueda, aprehensión, captura o detención en contra de su persona.
Sin embargo el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal en el Estado de Veracruz, con residencia en Villa Aldama, resolvió no darle seguimiento a la petición de Conde Pérez al declararse incompetente en la materia.
Y es que al promover el amparo 168/2022-III, Marco Antonio Conde pidió ampararse contra actos del Juzgado 2º de Amparo Penal de Villa Aldama, al citarlo en su demanda como autoridad ordenadora.
Por dicha razón el Juez 2º de Amparo Penal, Rafael González Castillo se declaró incompetente para abordar dicho amparo y le delegó esta responsabilidad al Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en Materia Penal en el Estado de Veracruz.
Con lo anterior, el Juez González Castillo evocó la causal de impedimento prevista en la fracción IV del artículo 51 de la Ley de Amparo.
No es el primer amparo formulado por la Universidad del Conde a raíz de las denuncias de la
YouTuber Sandra Aguilera. En julio pasado, los directivos universitarios promovieron el juicio 642/22 contra cualquier acto de bloqueo, cancelación o eliminación de sus Reconocimientos de Validez Oficial de Estudios (RVOE).
Sin embargo, el Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz resolvió no concederle la suspensión provisional al no acreditar el interés suspensional respecto de los registro de validez oficial de estudios con que dice contar.
En igual término se pronunció el Juzgado 2º de Distrito del Estado de Veracruz en el amparo 638/2022, en el que la Universidad del Conde pidió frenar cualquier inspección o supervisión de la Secretaría de Educación de Veracruz a sus Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.