La Subsecretaría de Finanzas y Administración de la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN) destinó a la Secretaría de Salud (SS), al Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz (SESVER) y a la Secretaría de Protección Civil (SPC), el uso del estadio de futbol Luis “Pirata” Fuente y el Centro de Alto Rendimiento del puerto de Veracruz, a fin de que dichos bienes inmuebles sean para desarrollar las actividades relacionadas con la atención de la emergencia sanitaria en tareas de salud y protección civil para los veracruzanos.
El Acuerdo emitido por Eleazar Guerrero Pérez, subsecretario de Finanzas y Administración, establece que la asignación y destino de los inmuebles es para el cumplimiento de los fines de orden público e interés social, por los que se instruyen las medidas extraordinarias y de excepción relativas a la epidemia de la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y la emergencia sanitaria declarada por el Consejo de Salubridad General y en atención estricta de las medidas de protección civil para la población del Estado, susceptible de ser afectada por la situación sanitaria.
Los inmuebles quedan a cargo de los tres entes públicos para su organización, administración, vigilancia, mantenimiento, su adecuado uso y destino para los fines de orden público e interés social.
También señala en Acuerdo que las condiciones sanitarias continúan afectando al país, como consecuencia de la pandemia generada por la enfermedad provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), por lo que la actual administración pública estatal ha venido estableciendo diversas medidas y estrategias para mitigar y contener sus efectos, tanto en el ámbito de la salud como en la economía de las familias veracruzanas y ha dispuesto que diversos inmuebles de propiedad estatal sean utilizados para la atención de esta pandemia.
Por ello, en concordancia con la política instrumentada por el Ejecutivo Estatal de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, como lo es el derecho a la protección de la salud, se destinan ambos inmuebles a los tres entes mencionados, a efecto de proteger y garantizar administrativamente que el uso permanente de dichos bienes inmuebles sea para desarrollar las actividades relacionadas con la atención de la emergencia sanitaria en tareas de salud y protección civil para los veracruzanos.