Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Ante renuncias por elecciones, magistrados de Veracruz tendrán su “liquidación”

Sin embargo, si deciden participar en comicios y no resultan electos, perderán dicho beneficio

José Topete Xalapa, Ver. 31/12/2024

alcalorpolitico.com

El Poder Judicial de Veracruz garantizará una “liquidación” para los magistrados que deban renunciar para participar en las elecciones extraordinarias programadas para 2025. Sin embargo, si no resultan electos, perderán dicho beneficio.

Al respecto, la magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), Lisbeth Aurelia Jiménez Aguirre, aseguró que se tiene contemplado dicho pago, puesto que los togados no tendrán acceso al haber de retiro.

“Se están respetando los derechos de quienes ya tienen retiro programado para que tengan sus percepciones que la Ley prevé, pero también quienes decidan ir a la elección, se está previendo una especie de liquidación. Son tres meses de salario (integrado), así como 20 días por cada año laborado, etcétera. Entonces, todo esto está debidamente resguardado, no hay en riesgo ningún derecho laboral”, añadió la magistrada presidenta.



Cabe señalar que la reforma judicial establece que las magistradas y magistrados que sean seleccionados para participar en el proceso electoral extraordinario 2024-2025, cuyo cargo concluya antes del 31 de diciembre de 2025, y no presenten su renuncia antes del cierre de la convocatoria que expedirá el Congreso local, no serán beneficiarios de un haber de retiro o pensión complementaria.

Dicho decreto establece que tanto las magistradas, magistrados, juezas y jueces de primera instancia que concluyan su encargo por haber declinado su candidatura o no resultar electos por la ciudadanía para un nuevo periodo, serán acreedores al pago de un importe equivalente a tres meses de salario integrado y a 20 días de salario por cada año de servicio prestado como personas juzgadoras, así como a las demás prestaciones a las que tengan derecho.

Sin embargo, con base en la reforma constitucional local en materia judicial, las magistradas y magistrados que se encuentren vigentes en el cargo al inicio del proceso electoral ordinario 2026-2027, cuyo periodo concluya antes de las elecciones, solo podrán ser acreedores del haber de retiro o pensión complementaria, según corresponda, cuando presenten su renuncia antes del cierre de la convocatoria relativa.



El decreto subraya que, para el caso de las magistradas y magistrados seleccionados para participar en el proceso electoral extraordinario 2024-2025, cuyo cargo concluya antes del 31 de diciembre de 2025, no serán beneficiarios de un haber de retiro o pensión complementaria, salvo cuando presenten su renuncia al cargo antes de la fecha de cierre de la convocatoria correspondiente.

“Quienes ya tienen retiro programado, pues obviamente tienen garantizado su haber de retiro. Tienen hasta que se cierre la convocatoria para hacer todo su trámite, pero si deciden ir a la elección, bueno, ya ahí las reglas del juego cambian. Ya no tendrían ese haber de retiro, se van a la elección con la opción de estar nueve años más y, en dado caso, si no ganaran la elección, tendrían el beneficio de la liquidación, que son los tres meses de salario, además de 20 días por año laborado, etcétera, que ya está previsto en los transitorios”, explicó.

La magistrada presidenta dijo que los magistrados tienen plenamente garantizados sus derechos, pues únicamente tienen garantizado el haber de retiro los magistrados que concluyen su periodo para el cual fueron nombrados, es decir, sus 10 años, los que tienen cinco años más y los que cumplan 70 años, que son las dos causas de retiro.