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Sección: Estado de Veracruz

Alcalde de Cazones va a catálogo del INE por violentar políticamente a Regidora

- Medida fue ordenada por el TEV; el nombre del edil estará registrado por un año

- La agraviada no fue convocada debidamente a 39 sesiones del Cabildo en 3 años

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 15/06/2021

alcalorpolitico.com

El alcalde de Cazones de Herrera, Zenón Pacheco Vergel, violentó políticamente a María del Lourdes Santiago Jiménez, regidora Cuarta de ese Ayuntamiento, por lo que los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), determinaron que deberá ser registrado en los catálogos del Instituto Nacional Electoral (INE), y Organismo Público Local Electoral (OPLE), por un año.

Al resolver el recurso promovido por la edil, los integrantes del Pleno jurisdiccional declararon parcialmente fundada la obstrucción del ejercicio de su cargo, respecto de la omisión de convocarla a la totalidad de las sesiones de Cabildo.

“No se encuentra acreditado que la autoridad responsable haya convocado por escrito a todos los ediles del Ayuntamiento desde el inicio de la presente administración municipal, puesto que se advierte que la parte actora no fue convocada debidamente a 10 sesiones de Cabildo durante el 2018, 11sesiones en 2019 y 18 sesiones durante el ejercicio 2020”, puntualizaron en el fallo.



Además confirmaron que se le obstruyó el ejercicio del cargo porque tampoco fue partícipe en la toma de decisiones de ese colegiado, siendo excluida injustificadamente e impidiéndole el libre ejercicio de sus funciones, actividades y de votar en las plenarias.

Los togados concluyeron que ante esto, el Alcalde sí ejerció violencia política contra las mujeres en razón de género, pues transgredió los derechos político-electorales de la regidora en su vertiente del libre ejercicio del cargo.

“Lo cual, deviene del actuar desproporcionado y diferenciado para la actora, ya que el Presidente Municipal, no consideró la condición de mujer y de gravidez con la que contaba la actora al momento en que se ejecutaron dichas omisiones”, establecieron en el fallo.



De allí que dieran vista tanto al OPLE como al INE para que inscriban al Presidente Municipal del Ayuntamiento mencionado, en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, por el término de un año.