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Sección: Estado de Veracruz

ORFIS evaluará 195 despachos externos que auxilian en la revisión de cuentas públicas

El resultado será determinante para los efectos del refrendo de su registro o exclusión del padrón

Fausto Román Aguilera Xalapa, Ver. 23/07/2016

alcalorpolitico.com

El Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) evaluará el desempeño de 195 despachos externos y prestadores de servicios profesionales de auditoría, que colaboran en la revisión técnica y financiera de las cuentas públicas, cuyo resultado será determinante para los efectos del refrendo de su registro o exclusión del Padrón.
 
La Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas establece que las auditorías, visitas e inspecciones que efectúe el Órgano de Fiscalización Superior, se podrán practicar mediante la contratación de Despachos Externos o de Prestadores de Servicios Profesionales habilitados para tal fin, siempre que no exista conflicto de intereses y, además, tendrán el carácter de representantes del Ente Fiscalizador en lo concerniente a la comisión conferida.
 
En la Gaceta Oficial del Estado, en su número 011 del 8 de enero de este año, se publicó la lista de los 195 despachos externos y prestadores de servicios profesionales de auditoría gubernamental 2016, que auxilian al ORFIS en las tareas de fiscalización de las cuentas públicas.
 
En la especialidad de Auditoría Técnica a la Obra Pública están registrados 64 despachos externos y prestadores de servicios profesionales de auditoría, de los cuales, 31 son personas morales y 33 personas físicas.
 
Para la especialidad de Auditoría Financiera Presupuestal son 131 registros, de los cuales 111 son personas morales y 20 personas físicas.
 
En virtud de la importancia y trascendencia del trabajo que llevan a cabo los prestadores de servicios profesionales en materia de auditoría gubernamental antes referidos y la responsabilidad del Órgano de Fiscalización Superior de cumplir de manera eficiente la función fiscalizadora, es necesario evaluar el desempeño y la calidad de los trabajos de auditoría que realizan los profesionales que son contratados por el propio Órgano y los Entes Fiscalizables, para auditar las Cuentas Públicas.
 
Por ello, el pasado 2 de junio, el ORFIS publicó en la Gaceta Oficial del Estado, los Lineamientos para la Evaluación de los Despachos Externos y Prestadores de Servicios Profesionales de Auditoría, que determinan que serán evaluados con los criterios determinados por el Órgano, relacionados con su Desempeño, Calidad y Capacidad Profesional.
 
Se trata de establecer los principios, rasgos o atributos profesionales, de conocimientos, experiencia profesional, desempeño del equipo auditor, comportamiento ético, imagen corporativa, comunicación escrita, toma de decisiones, entre otros, a través de los cuales se emitirá un juicio valorativo sobre los Sujetos Evaluados.
 
Para medir el desempeño se habrá de tomar en consideración la presentación de la propuesta de prestación de servicios profesionales, en la cual deberá considerar como mínimo:
 
Objetivo general; objetivo por tipo o alcance de auditoría; el porcentaje que alcanzará la revisión que se practique; estableciéndose un 60% como un mínimo para todas las muestras de la auditoría.
 
Así como metodología, los informes se elaborarán de acuerdo con la calendarización que dicte el Órgano, plazos de ejecución de los trabajos y el número estimado de personal profesional que utilizarán.
 
La calidad será medida en el sentido de que los servicios profesionales reúnen el más alto nivel de cumplimiento de las normas que rigen su actuación profesional y, en consecuencia, asume una gran responsabilidad del resultado de su trabajo.
 
Y la capacidad profesional se evaluará tomando en cuenta el conjunto de habilidades, características éticas, técnicas y profesionales de los auditores, para ejecutar su trabajo con la calidad requerida de acuerdo con su naturaleza.
 
El desempeño se califica dependiendo si presentaron los levantamientos físicos solicitados de la muestra, en caso contrario se anotará el valor proporcional a los presentados.
 
La calidad dependerá si los levantamientos presentados cumplen con los requisitos relevantes solicitados en el Acta de Acuerdo, como: nombre de la obra, número de la misma, anotaciones en tinta, fecha de elaboración, nombres y cargos del responsable técnico, auditor técnico y representante del Ente, firmas autógrafas de los mismos, sello de la DOP (para el caso de municipios) y georreferencias, en el caso de que falte alguno de los datos antes mencionados se considera que el levantamiento no cumple con la calidad solicitada.
 
Y la evaluación de la capacidad profesional dependerá si los levantamientos presentados contienen evidencia tal como datos, cálculos, detalles y anotaciones, que demuestren las habilidades, técnica y calidad del auditor que lo elaboró y que sirva como base para la cuantificación de los conceptos preponderantes medibles de la obra.

Las evaluaciones para el desempeño, calidad y capacidad profesional serán: excelente, desempeño bueno, desempeño aceptable, desempeño regular y mala actitud.
 
Excelente con una puntuación de 24/25: ninguna deficiencia notable, existe suficiencia con respecto a los resultados y responsabilidades.
 
Desempeño Bueno (21/23): asertividad en entrega de todos los aspectos, presenta deficiencias menores, que no requieren de corrección.
 
Desempeño Aceptable (19/20): cumplimiento con niveles estándares de calidad; puede requerir de correcciones en el susceptible de ser mejorado.
 
Desempeño Regular (16/18): con deficiencias, se recomienda renovar registro con el compromiso de mejorar su desempeño, deberá presentar un Plan de Mejora.
 
Mala actitud (0/15): no será aprobado y se excluirá del padrón.
 
Para ello, se ha integrado un Comité de Evaluación: El órgano colegiado de carácter consultivo encargado de determinar la calificación final relacionada con el desempeño de la actuación profesional de los Despachos Externos y Prestadores de Servicios Profesionales, así como la emisión de recomendaciones.
 
Y los evaluadores serán los servidores públicos de las áreas administrativas del Órgano vinculadas con la fiscalización de las Cuentas Públicas.
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