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Sección: V?a Correo Electr?nico

Jubilados con el equivalente a su último sueldo, no contribuyeron a la quiebra del IPE

Pensionado no está de acuerdo con la nota que se publicó a partir de un Informe redactado por abogados del Instituto

Xalapa, Ver. 21/10/2014

alcalorpolitico.com

Psicólogo Joaquín Rosas Garcés
Director General de Alcalorpolitico:

Leo una nota anónima en la edición del 20 de octubre de su prestigiado periódico virtual, titulado “Jubilar a trabajadores con el equivalente al último sueldo, llevó a la quiebra al IPE”, y siento la necesidad de responder al contenido de dicha nota, entre otras cosas porque yo soy profesor jubilado, y hace catorce años me jubilé con el equivalente al último sueldo que percibí, y estoy seguro que ni yo ni los que obtuvimos de manera legal ese beneficio, contribuimos a la quiebra del IPE.

Vayamos por partes: Digo que la nota de referencia es anónima porque a pesar de que la suscribe Ángeles González Ceballos, en el cuerpo de la nota no aparecen los nombres de los abogados expertos que afirman todo lo que aparece en la nota, y ni siquiera aparece el nombre del informe de dichos expertos.



Dice además la nota que los trabajadores “Toda su vida cotizaban con un sueldo de seis mil pesos, el último año consiguen uno de 20 ó 40 mil pesos y su pensión es muy jugosa”. A ver: si un trabajador cotizó con un sueldo de seis mil pesos y el último año consigue uno de 20 mil pesos, esto equivale a un incremento del 250 % de su sueldo, y me gustaría saber cómo se le hace para lograr esto, porque con los controles que tenía, y espero que siga teniendo la SEV, es decir categorías económicas y tabuladores salariales, lo que se dice aquí es imposible, a menos que se haga ilegalmente, y entonces allí habría responsabilidad del Consejo General del IPE, al no verificar el cumplimiento de lo que establecía el artículo 36 de la Ley 20 de Pensiones.

Otra falacia de la nota es la que dice que “Para la pensión por vejez bastan 55 años de edad, mínimo 15 años de servicio y se van con el último sueldo percibido”. Se nota que los expertos no consultaron la Ley 20 de Pensiones, porque de haberlo hecho hubieran encontrado que en los artículos 38 y 39 de esta ley se reglamenta lo relativo a la pensión por vejez, y particularmente el 39 dice a la letra “El monto de la pensión por vejez se determinará de acuerdo con los porcentajes al sueldo básico de la tabla siguiente”, y a continuación aparece una tabla donde se encuentra que un trabajador con quince años de servicio y, por supuesto, 55 años de edad, recibirá una pensión equivalente al 50 % de su sueldo.

Estos mismos expertos deberían saber que los especialistas en cuestiones de esperanza de vida establecen que la edad promedio que viven los mexicanos es de 74-75 años. Con la aplicación de la ley 287 se pretende que los trabajadores se jubilen a los sesenta y cinco años de edad, por lo que solo disfrutarían de su pensión durante 9 años más o menos.



Otras cosas más podría señalar acerca del anónimo motivo de esta intervención, pero solo terminaré señalando otra irregularidad: Dice la nota que en el año 2013 “El IPE presentó un déficit de 1 686 millones de pesos”, y que con la finalidad de que no se fuera a “paralizar” el pago de dichas prestaciones, el Gobierno de Veracruz aportó el recurso.

Nuevamente señalo la falta de cuidado de estos expertos al no leer el artículo 98 de la Ley 20 de Pensiones, donde está reglamentada la intervención del Gobierno del Estado y de los organismos públicos incorporados a que se refiere el artículo 3, de donde se desprende la paradoja de que si el gobierno de Veracruz aportó el recurso, simplemente violó la ley.

Finalmente, señor director, he de señalar mi decepción de que ni por asomo los multicitados expertos se refieran a los que a juicio de muchos trabajadores en activo y jubilados son algunos de los motivos principales de la grave situación económica, que no quiebra, por la que pasa el IPE, y es la falta de creación de empleos en Veracruz, o en todo caso la basificación de miles de trabajadores que cobran por honorarios o recibo en casi todas las dependencias estatales, les sugiero que investiguen cuántas plazas estatales se crearon en el sector educativo en 2013. Y por último debo dejar asentada mi sorpresa por la falta de mención del adeudo de 3850 millones de pesos que el Gobierno del Estado debe al IPE.



Termino ya, señor Director, apelando a su generosidad para que se publique la presente nota aclaratoria, e invitando a los expertos, si son de carne y hueso, a que se comuniquen conmigo para contrastar éstas y muchas otras diferencias que tenemos en torno a la Ley del IPE.

Atentamente
Víctor Manuel Sánchez Vergara
Tel. 01 2727274106

Nota de la Redacción:

La nota se redactó a partir de un informe del Departamento Jurídico del Instituto de Pensiones del Estado que obra en el poder de este periódico y en cuanto a la jubilación con el último salario devengado es un hecho que aprovechando ese mecanismo, muchos han logrado que el último año los asciendan y cobran importantes pensiones, lo cual se ha publicado en diversas ocasiones por este y otros medios de comunicación pues es una situación muy extendida.



En cuanto a lo demás argumentos, en la nota se citaron las diversas leyes que han regido al Instituto y que han ido evolucionando pero de hecho, no lo menciona el lector, actualmente hay hasta 3 tipos de jubilados cuyas pensiones son regidas por distintas leyes y varían mucho de unas a otras.

Esperamos que los abogados involucrados tengan la disponibilidad de aclarar sus dudas.